El Supremo amplía el concepto de accidente in itinere

La sentencia dictada por de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 26 de diciembre del 2013 amplía el concepto de accidente in itinere que hasta ahora sólo se consideraba cuando  tenía lugar en desplazamientos entre el trabajo y el domicilio o viceversa.

Esta sentencia considera como accidente in itinere  el accidente de tráfico que sufrió un trabajador cuando se desplazaba, un domingo por la tarde, desde su domicilio familiar de fin de semana a su domicilio habitual.

Dicha sentencia, incluyendo lugares de residencia distintos a la habitual, se adapta a una nueva realidad de las nuevas formas de organización familiar y de la flexibilidad geográfica.

Noticia recomendada por Onandia Abogados vista en lawterpress.com 

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    Ramón Onandia es abogado del despacho Onandia Abogados de Barcelona, especializado en la reclamación de indemnizaciones por accidente de tráfico, accidentes laborales y negligencias médicas.