Mapfre no puede reclamar a su cliente los daños producidos por conducir ebrio

Una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Navarra dictamina que las compañía aseguradora Mapfre no puede reclamar los daños producidos por su cliente en un accidente de tráfico cuando circulaba ebrio ya que en la póliza que contrató no incluye una cláusula que excluya la cobertura expresamente.

 

Consulta más detalles de la sentencia en Noticias de Navarra

 

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    Ramón Onandia es abogado del despacho Onandia Abogados de Barcelona, especializado en la reclamación de indemnizaciones por accidente de tráfico, accidentes laborales y negligencias médicas.